viernes, 18 de febrero de 2011

INSTITUCIONES DE COMERCIO EXTERIOR

El Sistema de Comercio Exterior está integrado por:
ENTIDADES DETERMINANTES: Presidencia de la República, Congreso de la
República y el CONPES (Plan Nacional de Desarrollo)

ENTIDADES FORMULANTESde la política económica y comercial: CSCE – CMCE,
El Ministerio de Comercio Industria y Turismo, otros Ministerios que hacen parte del CSCE, DNP, Consejo Marítimo y Portuario, DIMAR, Consejo de Aeronáutica Civil, Consejo Nacional de Estupefacientes, Consejo Nacional de Normas y Calidades.

ENTIDADES EJECUTANTESde la política comercial: DGCE, Bancoldex, Fiducoldex,
Proexport, DIAN, Dependencias de los Ministerios (Ej.: INVIMA, INCODER, ICA)

ENTIDADES DE CARÁCTER MIXTO: Bancoldex, Fiducoldex, Fedecafé, IFI,
ICONTEC, CORFERIAS, Fondo de Productividad y Competitividad, Red Colombia
Compite y los Comités Asesores Nacionales y Regionales.

ENTIDADES DE CARÁCTER PRIVADO: conformadas por las personas naturales y
jurídicas de carácter empresarial, que en desarrollo de su actividad realicen operaciones de comercio exterior o presten servicios relacionados con el mismo(Gremios, ALTEX, UAP, SIAS, Depósitos Aduaneros, Sociedades Portuarias, Empresas de Carga, Empresas de Envíos Urgentes, entre otras).

ENTIDADES DETERMINANTES
CONSEJO NACIONAL DE POLITICA ECONOMICA Y SOCIAL (CONPES)
El actual Plan Nacional de Desarrollo “Hacia un Estado Comunitario” establece dentro de sus estrategias para lograr el crecimiento económico, la búsqueda de acceso permanente a los mercados internacionales mediante la suscripción de acuerdos de libre comercio. En desarrollo de lo anterior, el Gobierno Nacional se encuentra a punto de suscribir un Acuerdo Comercial con el Mercado Común del Sur MERCOSUR, y viene adelantando negociaciones de la firma de un acuerdo de libre comercio con Estados Unidos. Igualmente y con el objeto de mejorar la productividad y competitividad del país, este gobierno ha mantenido la Política de Productividad y Competitividad 1999-2009 y los programas que se adelantan en el marco de la misma como son los encuentros nacionales de productividad y competitividad, el impulso a la red Colombia Compite en sus diferentes frentes y el desarrollo delos programas de productividad e innovación.
El objetivo del presente documento es presentar la metodología para la definición, preparación y ejecución de la agenda interna cuyo objetivo central será definir las medidas necesarias para aprovechar eficientemente las oportunidades que ofrecen los acuerdos comerciales, la adecuación institucional a los compromisos adquiridos en dichos acuerdos y acompañar a los sectores productivos y a las regiones en el proceso de implementación del mismo.
ENTIDADES FORMULANTES
CONSEJO SUPERIOR DE COMERCIO EXTERIOR (CSCE)
Creado con el decreto 2553 del 23 de diciembre de 1999 es un Organismo Asesor del
Gobierno Nacional en todos aquellos aspectos que se relacionen con el Comercio
Exterior y la Competitividad de las empresas del país. Nace como Ente Asesor del
Gobierno Nacional en todos los aspectos relacionados con el tema. Algunas funciones
del Consejo Superior de Comercio Exterior son:
1. Recomendar al Gobierno Nacional la política general y sectorial de Comercio
Exterior de Bienes, Tecnología y Servicios, de Inversión Extranjera y de Competitividad
en concordancia con los planes y programas de desarrollo del país. =>
2. Recomendar los lineamientos de las Políticas Arancelaria, Aduanera, de Valoración
de los Regímenes Aduaneros y de los procedimientos de Importación y Exportación.
3. Asesorar al Gobierno Nacional en las decisiones que éste debe adoptar en los
Organismos Internacionales encargados de asuntos de Comercio Internacional.
4. Emitir concepto, previa consulta al Ministerio de Relaciones Exteriores, sobre la
celebración de Tratados o Acuerdos Internacionales de Comercio bilaterales o
multilaterales y recomendar al Gobierno Nacional la participación o no del país en los
mismos.
5. Formular directrices para las Negociaciones Internacionales de Comercio.
6. Sugerir al Gobierno Nacional la política aplicable a los Instrumentos de Promoción y
Fomento de las Exportaciones.
7. Examinar y Recomendar al Gobierno Nacional la adopción de normas generales
sobre Prácticas Desleales y Restrictivas de Comercio Internacional y Salvaguardias.
8. Emitir concepto sobre la adopción de Medidas de Salvaguardia, Arancelaria y
Restricciones Cuantitativas.
9. Analizar, Evaluar y Recomendar al Gobierno Nacional medidas y proyectos
encaminados a facilitar el Comercio y el Transporte Nacional e Internacional de
pasajeros y de mercancías de Exportación e Importación
10. Expedir las directrices para la organización y manejo de los registros de Comercio
Exterior, con inclusión de los requisitos que deben cumplir y las sanciones que sean
impuestas por la violación de tales normas.
El C. S. C. E. está conformado de la siguiente manera:

Presidente de la República

Ministro de Comercio Industria y Turismo

Ministro de Relaciones Exteriores

Ministro de Hacienda y Crédito Público

Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural

Ministro de Transporte

Ministro de Medio Ambiente

Ministro de Minas y Energía

Director del Departamento Nacional de Planeación

Gerente General del Banco de la República

COMISION MIXTA DE COMERCIO EXTERIOR (CMCE)
La Comisión Mixta de Comercio Exterior está integrada por el Consejo Superior de
Comercio Exterior y representantes del sector privado designados por el Consejo. Esta
Comisión se reunirá por convocatoria del Consejo Superior de Comercio Exterior o de
su Presidente, con el fin de analizar la Política de Comercio Exterior y formular las
recomendaciones pertinentes al Gobierno Nacional

ENTIDADES EJECUTANTES (PUBLICAS)
INSTITUTO NACIONAL DE VIGILANCIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS
(INVIMA)
Es un establecimiento público del orden nacional, de carácter científico y tecnológico, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente, perteneciente al Sistema de Salud, adscrito al Ministerio de la Protección Social y con sujeción a las disposiciones generales que regulan su funcionamiento.
El INVIMA es una institución oficial de vigilancia y control de carácter técnico científico, que trabaja para la protección de la salud individual y colectiva de los colombianos mediante la aplicación de las normas sanitarias relacionadas con los productos de su competencia.
De acuerdo con las funciones conferidas en el Decreto 1290 de 1995, corresponde al INVIMA ejecutar políticas en materia de vigilancia sanitaria y de control de calidad de medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos medico – quirúrgicos, odontológicos, productos naturales, homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico y otros que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva. Todas las actividades encaminadas de forma directa al cumplimiento de tal obligación se recogen en el primer componente del plan estratégico.

MINISTERIO DE COMERCIO INDUSTRIA Y TURISMO
La Misión del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo es apoyar la actividad empresarial, productora de bienes, servicios y tecnología, así como la gestión turística de las regiones del país, con el fin de mejorar su competitividad, su sostenibilidad e incentivar la generación de mayor valor agregado, lo cual permitirá consolidar su presencia en el mercado local y en los mercados internacionales, cuidando la adecuada competencia en el mercado local, en beneficio de los consumidores y los turistas, contribuyendo a mejorar el posicionamiento internacional de Colombia en el mundo y la calidad de vida de los colombianos.
Funciones
Decreto 210 del 3 de febrero de 2003. Mediante el cual se determinan los objetivos y la estructura orgánica del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y se dictan otras disposiciones.
Decreto 4269 del 23 de noviembre de 2005. Por el cual se modifica la estructura del
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo y se dictan otras disposiciones.
Decreto 2785 del 17 de agosto de 2006. Por el cual se modifica la estructura del
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y se dictan otras disposiciones.
Servicios
Los servicios que presta el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, están encaminados hacia la creación y generación de políticas y normas, en el ámbito institucional, las cuales son ejecutadas por las entidades adscritas o vinculadas a éste.
INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA)
Trabaja por la sanidad agropecuaria y la inocuidad en la producción primaria para
proyectar los negocios del agro colombiano al mundo.
Funciones
Asesorar al Ministerio de Agricultura en la formulación de la política y los planes de investigación agropecuaria, transferencia de tecnología y prevención de riesgos sanitarios, biológicos y químicos para las especies animales y vegetales.
Financiar la asesoría a los Departamentos para la debida coordinación, seguimiento y evaluación de los servicios de asistencia técnica agropecuaria para pequeños productores que establezcan los municipios.
Realizar, financiar o contratar la ejecución de los programas de investigación y transferencia de tecnología que sean aprobados por la Junta Directiva del ICA para cumplir el Plan Nacional de Investigación y Transferencia para la Tecnología Agropecuaria adoptado por el Consejo del Programa Nacional de Ciencia y Tecnología Agropecuarias, o asociarse para el mismo fin.
Apoyar y financiar los programas de capacitación de los asistentes técnicos y los multiplicadores, tanto particulares como oficiales de las Unidades Municipales de Asistencia Técnica Agropecuaria (UMATA).
Promover y utilizar estrategias de información científica y tecnológica, comunicación, capacitación y asesoría, planeación y prospectiva y regionalización y desarrollo institucional, que tengan como fin impulsar el desarrollo tecnológico del sector agropecuario.
Procurar la preservación y el correcto aprovechamiento de los recursos genéticos vegetales y animales del país, dentro de las actividades de ciencia y tecnología que desarrolle.
Propiciar los convenios de cooperación técnica nacional e internacional en las áreas de investigación y transferencia de tecnología y de protección a la producción agropecuaria.
Promover y financiar la capacitación de personal para su propio servicio o el de las
entidades con las cuales se asocie o celebre convenios.
Planificar y ejecutar acciones para proteger la producción agropecuaria de plagas enfermedades que afecten o puedan afectar las especies agrícolas o pecuarias del país o asociarse para los mismos fines.
Ejercer el control técnico sobre las importaciones de insumos destinados a la actividad agropecuaria, así como de animales, vegetales y productos de origen animal y vegetal, a fin de prevenir la introducción de enfermedades y plagas que puedan afectar la agricultura y la ganadería del país y certificar la calidad sanitaria de las exportaciones, cuando así lo exija el país importador.
Ejercer el control técnico de la producción y comercialización de los insumos agropecuarios que constituyan un riesgo para la producción y la sanidad agropecuarias.
Adoptar, de acuerdo con la ley, las medidas que sean necesarias para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal y la prevención de riesgos biológicos y químicos.
Administrar el Fondo Nacional de Emergencia Sanitaria
Señalar las tarifas por los servicios que presta, de conformidad con los procedimientos
que fije la ley.
Disponer las medidas necesarias para el cumplimiento, seguimiento y evaluación de la
política, estrategias, planes y gestión del Instituto.

DIRECCION DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES (DIAN)
Funciones
Las más importantes son:

Dirigir y Administrar la Gestión Tributaria, Aduanera, y de Control de Cambios por Importación y Exportación de Bienes y Servicios, gastos asociados a las mismas, Financiación en moneda extranjera de Importaciones y Exportaciones, y subfacturación y sobrefacturación de estas operaciones a nivel nacional.

Administrar los Impuestos, Derechos de Aduana y demás Impuestos al Comercio Exterior, en lo correspondiente a su Recaudación, Fiscalización, Control, Represión, Penalización, Liquidación, Discusión, Cobro, Devolución y Sanción y Controlar las Obligaciones Cambiarias.

Programar, Ejecutar y Controlar las operaciones relacionadas con los Regímenes Aduaneros, y realizar la Aprehensión, Decomiso o Declaración en Abandono de Mercancías a favor de la Nación, su Control, Administración y Disposición;

Definir, Dirigir, Orientar, Administrar, Controlar y Supervisar la Política Fiscal
Aduanera

Impartir educación formal y no formal, y otorgar los respectivos certificados y títulos
autorizados por la Ley, en materia Tributaria, Aduanera y Cambiaria.

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